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Tras más de seis meses de deliberación, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz emitía ayer su fallo sobre el ‘caso uniformes’ que ha dirimido la responsabilidad de veinte acusados en las compras irregulares que el Ayuntamiento de Rota hacía a la empresa de confección propiedad del exalcalde Lorenzo Sánchez y otros socios. La Sala ha condenado al exregidor de Roteños Unidos (RRUU) y actual miembro de la Corporación municipal, a año y medio de cárcel y tres años de inhabilitación por un delito continuado de negociaciones prohibidas, además de diez años de inhabilitación para cargo público por prevaricación. La misma pena ha impuesto a la exconcejal Montemayor Laínez, quien fuera considerada su presunta mano derecha en la trama que se ha juzgado.
Por su parte, Eva Corrales, también exalcaldesa de Rota y exconcejal del PP, ha sido condenada a siete años de inhabilitación para cargo público por delito de prevaricación aunque ha quedado absuelta de la pena de negociaciones prohibidas.
Además, Antonio Peña (PP), exalcalde de Chipiona, pero que durante los hechos juzgados ocupaba el cargo de concejal en Rota, ha resultado finalmente absuelto.
En cuanto al resto de acusados, la mujer de Lorenzo Sánchez, Rosario Pacheco ha sido condenada a un año de prisión y dos de inhabilitación por negociaciones prohibidas, además de siete años de inhabilitación por prevaricación. Mismas penas se impone a Isidro Martín Bejarano, considerado por la acusación como el testaferro de Sánchez.
Para Ismael Puyana y Sonia Rodríguez, administradores de las empresas investigadas, se imponen seis años de inhabilitación. El resto de funcionarios, como el secretario del Ayuntamiento, que fueron juzgados además de los miembros del equipo de Gobierno, también investigados, han resultado absueltos.
La causa sentó en el banquillo de los acusados en mayo y durante nueve sesiones a una veintena de personas, entre ellos, tres exalcaldes además de otros políticos y funcionarios. El ‘caso uniformes’ dirimía la responsabilidad de los investigados por firmar contratos públicos en la compra de uniformes para el Ayuntamiento roteño que fueron adjudicados presuntamente a una red de empresas propiedad de Lorenzo Sánchez, de su esposa y de varios concejales, a pesar de la prohibición legal que impide a los cargos públicos hacer negocios con la Administración.
El Ministerio Público solicitaba penas de inhabilitación y/o cárcel para 20 personas. A la cabeza de todas ellas, por la gravedad de los hechos imputados, el exalcalde y antigua mano derecha de Corrales, Lorenzo Sánchez. La Fiscalía pedía para él cinco años de prisión y doce de inhabilitación por los delitos de prevaricación, gestión interesada y falsedad. Sánchez forma en la actualidad parte de la Corporación municipal de Rota por RRUU por lo que esta sentencia, de ser firme, forzaría su salida del Ayuntamiento. Además también se ha dilucidado la responsabilidad de Antonio Peña (PP), el único que en el momento del juicio (dimitió el pasado mes de octubre), y que en el momento de los hechos, era concejal en Rota.
Tres en una
La sentencia, a la que ha tenido acceso LA VOZ, repasa punto por punto y de una manera detallada en más de doscientos folios, el desarrollo de los hechos. Así, considera probado que Lorenzo Sánchez constituyó desde el año 84 a 1996 tres sociedades distintas que, «bajo una unidad empresarial única» se dedicaban a la fabricación de uniformes y su posterior comercialización. Éstas eran: Coanda Sociedad Cooperativa Andaluza, Epis Rotasur S. L. y, por último Pacheco Puyana S. L., en la que figuraban como admistradores y socios otros de los investigados.
El fallo destaca que realizaban los contratos con sus empresas a sabiendas de que no podían
Así cree que en todo este trámite como consecuencia de querer celebrar por parte de Lorenzo Sánchez e Ismael Puyana, exconcejal de Fiestas, varios contratos con la empresa municipal Aremsa y «para que no apareciese como accionista ni administradora la mujer del entonces alcalde», que impediría según la normativa la celebración de contratos con sus empresas, se decidió «de común acuerdo» que Sánchez y su esposa transmitiesen de manera ficticia el 50% de las acciones que poseían a favor de la persona de confianza u «hombre de paja con el que mantenían estrechos vínculos personales», Isidro Martín Bejarano, al cual designarían como administrador.
Así, entiende que «para lograr sus propósitos» se redactó por los acusados un documento privado «queriendo dar apariencia» ante las sociedades municipales con las que se pretendía contratar que el verdadero administrador era el hombre de paja, que no tenía vínculo con la Corporación local y así burlar la norma existente. De este modo, continúa la sentencia, entre febrero y marzo de 2009, se adjudicaron por Aremsa contratos por la cuantía de 68.154,68 euros. Dicha venta de acciones «no fue real» no habiendo entrega efectiva de dinero alguna, manteniendo la dirección de la empresa Lorenzo Sánchez, Rosario Pacheco e Ismael Puyana.
Así las cosas, el exalcalde, su mujer y la entonces delegada Montemayor Laynez, ante la advertencia del secretario del Ayuntamiento de Rota del cambio de ley por el que a partir del 30 de octubre de 2008 no podían contratar con el Consistorio ni con sus fundaciones o sociedades municipales al tener más del 10% del capital de dichas empresas, decidieron crear en 2008 la sociedad Coanda Costuras S. L. que sustituiría a Epis Rotasur y a la Sociedad Cooperativa Coanda, cuyo capital pusieron a nombre de Martín Bejarano, el testaferro. Así, conseguían crear la «falsa apariencia» de que ya no tenían intereses algunos en dicha mercantil, con «la única finalidad de seguir contratando con el Ayuntamiento y seguir beneficiándose de las arcas municipales».
Incide el fallo en la relación de los principales acusados con los contratos con empresas municipales. Según recalca, Sánchez, Laynez y Pacheco, a pesar de poseer los intereses comunes en las empresas señaladas, cerraban los contratos de suministro de vestuario laboral con el Consistorio, llegando a facturar 816.207 euros en total. Lo hacían, añade el fallo, «con conocimiento de la prohibición de contratar que tenían con el Ayuntamiento , y de la incompatibilidad a la que estaban sometidos».
La Sala considera que utilizaron a un 'hombre de paja' para «lograr sus propósitos»
Sin embargo, la Sala no ve acreditado que Juan Carlos Utrera, el secretario del Ayuntamiento, tuviera conocimiento de los cargos e intereses económicos en las distintas empresas mercantiles ni que por ello mantuviera una posición pasiva consintiendo las contrataciones y no emitiera informes jurídicos de reparo. Tampoco cree acreditado que tuvieran constancia de ello el jefe de departamento de Compras, José Gómez, ni los delegados de las áreas municipales Juan Antonio Liaño, Auxiliadora Delgado, María del Carmen Laynez, Antonio Peña, Luis Barrera como gerente, ni el director técnico Manuel González. También exculpa a los miembros de la mesa de adjudicación.
Del mismo modo, no ve acreditado que Eva Corrales, delegada entonces de Turismo y Jesús Corrales, delegado de servicios municipales, conocieran los cargos e intereses económicos en las citadas empresas, a excepción de Pacheco Puyana respecto a la que sí conocían la real participación y cargos de Sánchez y Puyana. También la sentencia hace referencia a la declaración de intereses que todo cargo electo está obligado a hacer por ley, en el que deben de manifestar los bienes y derechos de los que son responsables. Así en 2003 algunos de los investigados fueron requeridos para realizar estas declaraciones. Así, el tribunal considera probado que los dos principales implicados no dieron cuenta en dichos escritos sus participaciones y vínculos con las sociedades investigadas. Sólo en una de ellas, Montemayor Laínez dijo tener un 20%.
Las ausencias
La Sección Cuarta además se refiere al hecho esgrimido por los procesados sobre que Lorenzo y Montemayor se ausentaran de las votaciones de las mesas de contratación.Cree la Sala que no puede considerarse indicio de que los delegados y técnicos conocían que aquellos estaban incursos en causa de prohibición de contratar. Sin embargo, según recuerda el fallo sobre una de las testificales, la periodicidad de las juntas era semanal, había asuntos que no eran de mero trámite y se daban explicaciones por parte de los delegados. Si no era así, se votaba por los informes técnicos del expediente. A pesar de ello, cree el tribunal que no está acreditado que se aprobaran a sabiendas de su irregularidad, ya que de la declaración de los acusados se desprende que había «una confianza en que el secretario advertía de cualquier ilegalidad».
El fallo declara prescrito el delito de falsedad por el que Rosario Pacheco, Ismael Puyana, Lorenzo Sánchez e Isidro Martín Bejarano eran procesados.
La sentencia, que ha tenido como ponente a la magistrada María Inmaculada Montesinos, no es firme y contra ella cabe interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Unas bateas para las fiestas que pueden complicar el indulto
La contratación de unas bateas para las cabalgatas y fiestas de Rota podría complicar que el Gobierno conceda el indulto que ha solicitado Eva Corrales, por la condena de 4 años y medios de cárcel que tiene pendiente por el ‘caso horas extras’. Como se recordará justo la misma Sala que ahora ha emitido el fallo del asunto de los uniformes le consideró autora de un delito de falsedad en documento oficial y otro continuado de prevaricación administrativa por realizar pagos irregulares por horas extras a un funcionario municipal. Según fuentes consultadas, una nueva condena, si se hace firme, dificultaría el visto bueno a dicho indulto aunque no lo impide.
En esta ocasión, la Sala da por acreditado que Eva Corrales «actuando de común acuerdo» con el entonces alcalde Lorenzo Sánchez y con el consejero delegado de la sociedad municipal Aremsa, y «con la exclusiva finalidad» de que se adjudicase su adquisición a la empresa del regidor, se decidió encargar a Aremsa la adquisición, ya que según su normativa al no superar los 50.000 euros se permitía adjudicar el contrato directamente a la empresa que eligieran. En este caso, fue precisamente a Pacheco Puyana, de Sánchez. Se burlaba así la Ley de Contratos por Sector Público de 2007, que impedía la libre elección del adjudicatario. Señala el fallo que fue Corrales la encargada de tramitar dicho procedimiento. Inicialmente solicitó a Aremsa presupuesto para la construcción de ocho bateas, por más de 51.000 euros.
Tras trasladarle el expediente al interventor, éste emitió el 25 de febrero de 2009 informe de reparo, en el que advertía de que no se había tramitado la correspondiente enmienda según el convenio y los estatutos. A pesar de dicho informe «en contra del interventor y teniendo conocimiento del mismo», Eva Corrales, realizó escrito de propuesta para aprobar la construcción de dichas bateas por parte de Aremsa, recibiendo luz verde también en la Junta de Gobierno Local.